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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE QUEJAS, RECLAMOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

 

Comunicado del DAEM Para la Resolución de Conflictos y Conductos a Seguir. 

 

1- Es deber del departamento de administración educacional municipal, en delante DAEM propender a la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa, promoviendo especialmente que se reduzcan las disparidades derivadas de circunstancias económicas, sociales, étnicas, de género o territoriales, entre otras.

 

2- Los padres, madres y apoderados tienen el derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos/as respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del procedimiento educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educacional en conformidad a la normativa interna del establecimiento.

 

3- Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar todo lo concerniente a educación; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

 

4- Frente a una eventual indisciplina por parte de los profesionales de la educación el conducto regular a seguir será dirigirse en primera instancia al director respectivo, quien en función de su competencia, capacidad y habilidad, deberá otorgar solución al conflicto a la brevedad posible no excediendo de un plazo de 2 días desde la manifestación misma.

 

5- El reclamo ante la dirección del establecimiento debe efectuarse por todo aquel que haya tomado conocimiento personal del hecho impetrado, sin perjuicio de ello, lo ideal es que proceda en primera oportunidad el apoderado del/la estudiante.

 

6- Ante la negativa, respuestas evasivas o vencimiento del plazo para la resolución del conflicto por parte de la dirección del establecimiento, el apoderado del afectado o quien corresponda deberá acudir al DAEM.

 

7- DAEM como dirección municipal de educación contará con un plazo de 2 días para resolver el asunto de su competencia de manera que tal que si dentro de ese plazo no se resuelve el conflicto, la parte interesada deberá acudir ante la agencia de calidad de la educación o a la superintendencia de educación, que de acuerdo a la ley 20.370 (ley general de educación), son los organismos competentes para prever que los actuaciones de los establecimientos educacionales se ajusten a derecho.

 

8- ¿Qué es la superintendencia de educación? Es una institución creada por la ley 20.529 que asegura la calidad de la educación. Ésta cumple 4 funciones elementales:

    1. Fiscalizar y sancionar el cumplimiento de la normativa vigente.
    2. Fiscalizar los recursos y auditar rendición de cuentas.
    3. Investigar y resolver denuncias y hacer de mediador con los reclamos.
    4. Entregar información de interés a la comunidad escolar.

 

9- ¿Quiénes pueden denunciar?

 

La Superintendencia recibe denuncias y los reclamos de hechos o situaciones irregulares que vulneren la normativa educacional, formuladas por los miembros de la comunidad educativa (alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales) u otros directamente interesados.

 

10- ¿Qué temas puedo denunciar ante la Superintendencia de educación?

 

  • Irregularidades en el proceso de admisión.
  • Maltrato escolar.
  • Cobros indebidos en establecimientos subvencionados.
  • Cancelación de matrícula.
  • Retención de documentos.
  • Medidas disciplinarias.
  • Discriminación.
  • Falta de mobiliario, elementos de enseñanza y material didáctico.
  • Local no cumple con la normativa.
  • Falta de personal idóneo.
  • Irregularidades en la declaración de asistencia.
  • Incumplimiento de planes y programas.
  • Clases de Religión.
  • Agresiones sexuales.
  • Dificultades o impedimentos en la constitución o participación en los centros de Alumnos, de Padres y Apoderados, y Consejos Escolares.

 

 11- ¿Cómo puedo realizar el reclamo?

    1. Web: www.denuncias.supereduc.cl
    2. Presencial: Calle General Borgoño, oficina N°1201, comuna de Antofagasta, de lunes a viernes desde las 09:00 horas hasta las 13:00 horas.

 

 

 

 

 

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